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Funcionarios del sector Justicia conocieron detalles de la Ley Karin

El pasado 15 de enero, se publicó en el Diario Oficial la Ley 21.643, conocida como "Ley Karin", la cual entrará en vigor el próximo 1 de agosto. Con el objetivo de difundir los alcances de esta ley, que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales en materia de prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, la secretaria regional ministerial de Justicia y Derechos Humanos, Trissy Figueroa Rivera, expuso sobre esta iniciativa legal a cerca de 30 funcionarios y funcionarias de los servicios dependientes y relacionados del sector Justicia.

El encuentro, apoyado por la directora regional de la Dirección del Trabajo, Margarita López, se enmarcó en la Comisión Regional de Género liderada por la Secretaría Regional Ministerial de Justicia y Derechos Humanos. Durante su intervención, la seremi Trissy Figueroa Rivera destacó la importancia de generar espacios de sensibilización sobre esta ley, subrayando su relevancia para las relaciones laborales en el sector público a partir del 1 de agosto. "Destacamos la importancia de generar estos espacios de sensibilización de esta ley dirigida a funcionarias y funcionarios públicos y su aplicación desde el próximo 1 de agosto. Hay cambios significativos y relevantes en esta normativa, destacando que las relaciones laborales deberán siempre fundarse en un trato libre de violencia, ser compatibles con la dignidad de la persona y con perspectiva de género, lo que implicará la adopción de medidas tendientes a promover la igualdad y erradicar la discriminación de género", afirmó Figueroa.


Con el Convenio 190 de la OIT sobre violencia y acoso en el trabajo, la legislación establece como obligación de las empresas y de los órganos del Estado un protocolo de prevención del acoso laboral y/o sexual y la violencia en el trabajo, reforzando un enfoque preventivo que estaba ausente en la regulación. Además, instaura mejores procesos de investigación del acoso sexual e incorpora a la regulación las conductas de acoso laboral y la violencia en el trabajo.


La Ley Karin también refuerza el rol de la Dirección del Trabajo (DT) y de la Contraloría General de la República en los procedimientos de investigación, con el objetivo de dar garantías a los denunciantes. Asimismo, incluye normas relativas al derecho de los trabajadores para que el empleador implemente protocolos de prevención de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, estableciendo medidas para resguardar la privacidad y la honra de todos los involucrados en los procedimientos de investigación.


En el sector público, municipalidades y Fuerzas Armadas, todos los servicios deben contar con protocolos destinados a prevenir el acoso, incluyendo acciones de formación y monitoreo, identificación de peligros, objetivos medibles y perspectiva de género. El acoso laboral, maltrato y violencia en el trabajo ahora es considerado falta a la probidad administrativa.

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